El Juez en lo Contencioso Administrativo platense afirmó que hay que apuntar “a la democratización del servicio”, por lo cual destacó la importancia de celebrar audiencias públicas, el paso que el Estado y las empresas se “saltearon” a la hora de aplicar el tarifazo de electricidad.
El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Nº1 de La Plata, Luis Arias, explicó a QM Noticias el fallo por el cual suspendió la aplicación del tarifazo en el servicio de energía eléctrica en el ámbito bonaerense, con alcance a las empresas EDEA, EDEN, EDES y EDELAP, a raíz de la no celebración de audiencias públicas.
“Es una medida que suspende el aumento del cuadro tarifario aprobado por la resolución 22 del ministerio de Infraestructura para las empresas prestadoras de servicios de la Provincia. No incluye a Edenor ni a EDESUR porque son servicios federales”, explicó el magistrado platense.
“La cuestión es que no se hizo una audiencia pública con carácter previo al aumento de la tarifa”, continuó, y subrayó que la celebración de esa instsancia “es un requisito indispensable, no sólo desde el punto de vista jurídico, sino del punto de vista social, para avanzar hacia la verdadera democratización de los servicios públicos”.
Sin ese paso, indicó, “el Estado y las empresas aumentan las tarifas y el usuario, por decirlo de un modo coloquial, está pintado; se entera cuando le llega la factura, el hecho consumado, y no puede discutir nada, tiene que pagar para que no le corten el servicio”.
Respecto de la medida judicial dictada, Arias subrayó que “abarca a todos los usuarios de estas empresas y tiene un plazo de vigencia de dos años, que es lo que estimamos que, como mucho, puede durar el proceso judicial”. “Como medida cautelar, es provisoria y no hace cosa juzgada. Puede ser juzgada o dejada sin efecto por el mismo magistrado que lo dispone, en este caso yo, y puede ser apelada también”, concluyó.//Fuente: Infocielo.