El Día del Trabajador Estatal fue establecido en primer lugar por la Ley Nacional N° 26876.
Por ser una Ley Nacional, solo alcanza a los trabajadores dependientes de la administración pública nacional. Para que tenga efecto sobre los trabajadores de las distintas administraciones públicas provinciales, se requiere de una Ley Provincial que adhiera a la Ley Nacional.
La Provincia de Buenos Aires adhirió por medio la Ley N° 14600.
En tal sentido, en la provincia de Buenos Aires, todos los trabajadores estatales, gozarán cada 27 de junio, de un asueto laboral, que tiene los mismos efectos que un feriado. Como dicha ley tiene alcance a todas las dependencias estatales de la provincia, alcanza también a las escuelas públicas. Mientras que las escuelas con gestión privada será decidido por las autoridades pertinentes.
El caso de los trabajadores municipales.
Estas dos leyes no se aplican directamente a los trabajadores municipales, entre ellos los docentes que dependen del municipio. Cada municipio, puede adherir a estas leyes. Desde este espacio se desconoce qué municipios adhirieron, en caso de haberlo hecho. En tal sentido, todo trabajador municipal, debe consultar en su distrito qué decisión han tomado.
Ley 14600 – “Día del Trabajador del Estado”
ARTÍCULO 1º: La Provincia de Buenos Aires adhiere a los términos de la Ley Nacional 26.876 que declaró al día 27 de junio como “Día del Trabajador del Estado”.
ARTÍCULO 2º: Se establece el 27 de junio como día de descanso para los empleados de la Administración Pública Provincial, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
ARTÍCULO 3º: Se invita a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a instaurar el 27 de junio como día de descanso en las respectivas Administraciones Públicas, con los efectos dispuestos en el artículo 2º de la presente Ley.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Fundamentos de la ley 14600
Un 27 de junio de 1981 la Organización Internacional del Trabajo, a través de los convenios 151 y 154, recomendaban a los países miembros de la institución, la discusión paritaria para los trabajadores estatales. Si bien eso ocurrió en el año 1978, es decir, en plena vigencia de la última dictadura militar en nuestro país, los trabajadores estatales del mundo entero, tomaron esta sanción como un gran avance en la posibilidad de su reconocimiento.
Recién el 11 de noviembre de 1992, la Cámara de Diputados de la Nación sancionó la Ley de Convenciones Colectivas para los trabajadores del Estado, siendo éste un derecho humano fundamental garantizado constitucionalmente desde 1957 en el artículo 14 bis de nuestra Constitución.
Esta ley histórica se sancionó a partir de la iniciativa de Germán Abdala, trabajador, dirigente de la Asociación Trabajadores del Estado y de la Central de Trabajadores de la Argentina, diputado nacional y, posteriormente, fundador del Grupo de los 8 en 1990, uno de los compañeros que guió la lucha de los trabajadores contra la burocracia sindical, la dictadura, la impunidad y el vaciamiento del Estado, como así también la lucha por legalizarnos como trabajadores, rechazando ser “servidores públicos” o “agentes de la administración pública”, sino, nada más, ni nada menos, que Trabajadores del Estado.
Cabe destacar, que varias organizaciones representativas en el ámbito regional y mundial, tales como la CLASEP, la CLATE, la INFEDOP y la ISP -entre otras-, lanzaron la campaña para instalar ese día como el Día del Trabajador Estatal en todo el mundo.
Hoy en día, la Administración Pública bonaerense, cuenta con más de 550.000 trabajadores que garantizan cotidianamente el funcionamiento de las instituciones que componen el Estado, por lo tanto ponen en marcha los engranajes necesarios para el ordenamiento y desenvolvimiento de nuestra provincia de Buenos Aires.