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Crean plan para Incentivo de Inversiones Turísticas de Pequeños Prestadores


Crean plan para Incentivo de Inversiones Turísticas de Pequeños Prestadores

El Programa de Incentivo para Inversiones Turísticas de Pequeños Prestadores consiste en Aportes No Reintegrables de hasta un millón de pesos.

El Ministerio de Turismo dispuso la creación del Programa de Incentivo para Inversiones Turísticas de Pequeños Prestadores (InTur), consistente en Aportes No Reintegrables (ANR) de hasta un millón de pesos.

La iniciativa tomó curso luego de que el Ministerio de Turismo encabezado Matías Lammens comprobara que “el 98% del sector turístico se encuentra conformado por micro y pequeños prestadores, quienes tienen dificultades de acceso a la banca formal debido a sus pequeñas escalas operativas, a los altos costos financieros o a la falta de garantías”.

Los Aportes No Reintegrables para el caso de los pequeños prestadores turísticos se podrá otorgar hasta el 80% del monto total de la inversión, debiendo el beneficiario aportar el 20% restante, en tanto para los prestadores turísticos independientes el aporte podrá ser de hasta el 100% del proyecto.

El monto máximo del ANR será de $ 500.000 para prestadores turísticos independientes y de hasta un millón para los pequeños prestadores, en tanto el monto mínimo será de $ 100.000 para todos los prestadores.

Para acceder al programa, los prestadores no podrán contar con más de 50 empleados y deberán prestar una Idea-Proyecto, que deberá ser aprobada por la Subsecretaría de Desarrollo Estratégico del Ministerio, autoridad de aplicación del programa.

Gastos incluídos:

  •  Los gastos que podrán incluirse en las actividades a ser financiadas mediante los ANR o consideradas como contrapartida son
  • Bienes de capital
  •  Equipamiento y otros activos tangibles, siempre que se encuentren directamente relacionados a la actividad principal del prestador,
  • Adecuación, ambientación, ampliación o refacción de inmuebles que impliquen la generación o mejora de un servicio turístico.

No incluye:

  •  Gastos no relacionados con la actividad turística del prestador
  • La compra o alquiler de inmuebles
  • La compra de bienes registrables
  • Los gastos corrientes
  • La reestructuración de deudas, pagos de dividendos o recuperaciones de capital invertido
  • Pago de deudas impositivas, laborales y previsionales.

El programa se creó mediante la Resolución 331/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, y apunta a “reforzar los recursos para la atracción de nuevas inversiones turísticas, que aporten al desarrollo de las economías locales, impulsando la oferta de servicios y reactivando la actividad turística de los destinos”.


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