La cantidad de bancas se define de acuerdo al número de habitantes. General Alvarado debería sumar 2 ediles, ya el censo indicó que nuestro distrito paso a tener más de 45.500 habitantes. Por lo tanto, debería pasar de 16 a 18 ediles.
Tras los resultados que arrojó el último Censo, varios distritos bonaerenses deberán incrementar el número de concejales, ya que las bancas del Concejo Deliberante se definen de acuerdo a la población.
Cabe señalar que el número de concejales que se elige en cada distrito está contemplado en la Ley Orgánica de las Municipalidades, que fue modificada en el año 2013.
En su artículo 2 establece que los partidos cuya población no exceda los 5.000 habitantes elegirán seis concejales; los de más de 5.000 a 10.000, diez; los de más de 10.000 a 20.000, elegirán doce; los de más de 20.000 a 30.000, catorce; y los de más de 30.000 a 40.000, dieciséis.
En tanto, los municipios con más de 40.000 a 80.000 habitantes elegirán 18 ediles; los de más de 80.000 a 200.000 habitantes, 20 y los que tienen más de 200.000 elegirán 24 concejales.
En su artículo 2º bis, en tanto, la ley afirma que “la actualización en el número de concejales de cada partido en razón del aumento de la población de los mismos se realizará en forma automática”.
Y señala que “con el fin de mantener la duración del mandato de cuatro años de cada concejal, se establece el siguiente procedimiento de incorporación: en la primera elección siguiente a la publicación de todo censo nacional y/o provincial se incorporará la mitad de la cantidad de concejales necesarios para alcanzar la nueva composición, y en la próxima elección se incorporará la otra mitad”.