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Extendieron la suspensión de clases en la Universidad Nacional de Mar del Plata hasta fin de mes


Extendieron la suspensión de clases en la Universidad Nacional de Mar del Plata hasta fin de mes

La postergación de clases presenciales fue comunicada la tarde de este lunes y podrá ser prorrogada en relación a la propagación del coronavirus.

Autoridades de la Universidad Nacional de Mar del Plata (Unmdp) informaron este lunes por la tarde que extenderán la suspensión de clases presenciales hasta el 31 de marzo y que la decisión podrá ser prorrogada en relación a la propagación del coronavirus.

En tanto, los estudiantes del Colegio Nacional Dr. Arturo U. Illia desarrollarán procesos de enseñanza no-presencial.

El comunicado completo de la casa de altos estudios

Informamos que en concordancia con los recaudos que se han implementado en relación al coronavirus, la Universidad Nacional de Mar del Plata posterga el dictado de clases presenciales hasta el 31 de marzo de 2020.

Además, la RR 3106/20 establece que las Unidades Académicas y el Colegio Nacional Dr. Arturo U. Illia desarrollarán procesos de enseñanza no-presencial debiendo adecuar los materiales y contenidos para la aplicación de esta modalidad.

Así mismo, se reprogramará toda actividad científica o académica, tales como actos, congresos, seminarios, cursos, simposios, talleres, muestras o exposiciones, en la medida que impliquen aglomeraciones o concentraciones de personas. Al igual que la participación en actividades de internacionalización que impliquen la concurrencia de personal, becarios y becarias o estudiantes de la universidad a zonas o áreas de transmisión y circulación de COVID-19 definidas por el Ministerio de Salud; así como la recepción de personal, becarios y becarias o estudiantes provenientes de dichas zonas.

quedarán suspendidas transitoriamente todas las actividades de extensión, culturales o deportivas que por sus características impliquen aglomeraciones o concentraciones de personas y las que se orienten o cuenten con la participación de población de riesgo. personal, becarios y becarias o estudiantes provenientes de dichas zonas.

La mencionada resolución exceptúa del deber de concurrencia a los docentes, no docentes y autoridades de la Universidad Nacional de Mar del Plata, que se encuentren en alguno de los siguientes grupos de riesgo o poblaciones vulnerables:

a) Mayores de 60 años.

b) Embarazadas en cualquier trimestre.

c) Grupos de riesgo:

i. Enfermedades respiratorias crónica: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia bron-copulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma;

ii.Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopatías congénitas;

iii.Inmunodeficiencias congénitas o adquiridas (no oncohematológica): VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable) o pa-cientes con VIH con presencia de comorbilidades independientemente del status inmunológico, utilización de medicación inmunosupresora o corti-coides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días), inmunodeficiencia congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnu-trición grave;

iv.Pacientes oncohematológicos y trasplantados: tumor de órgano sólido en tratamiento, enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos;

v.Obesos mórbidos (con índice de masa corporal > a 40);

vi.Diabéticos; vii.Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

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