Pese a estar condenado a perpetua tras el juicio a cargo de un jurado popular, Maximiliano González, solicitó el arresto domiciliario. La Cámara de Apelaciones avaló la decisión de primera instancia de no concederle ese beneficio.
La Justicia resolvió rechazar el pedido de arresto domiciliario para el policía bonaerense Maximiliano González, condenado a prisión perpetua por el homicidio del adolescente Luciano Olivera (16), ocurrido el 10 de diciembre de 2021 en Miramar.
La decisión, de la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantía, confirmó que el imputado continuará detenido mientras avanza la revisión de la sentencia.
El planteo había sido impulsado por la defensa oficial, que solicitó que González cumpliera la medida de coerción en una vivienda de la calle República del Líbano al 300, donde un tío de 67 años se ofrecía a alojarlo. Según se argumentó, el domicilio reunía condiciones adecuadas y contaba con contención familiar, además de estar alejado del entorno de las víctimas.
No obstante, el tribunal consideró que no existen circunstancias excepcionales que justifiquen morigerar la prisión preventiva, en función de la gravedad del hecho y de la pena impuesta. González fue condenado por un jurado popular como autor de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, por su condición de funcionario policial y por alevosía, lo que derivó en la única pena prevista: prisión perpetua.
El caso se remonta a la madrugada del 10 de diciembre de 2021, cuando Luciano Olivera se encontraba con amigos en la plaza central de Miramar. Tras un llamado de vecinos al servicio de emergencias, se inició una intervención policial que derivó en una persecución. El adolescente circulaba en una motocicleta cuando fue interceptado en la calle 34 por un móvil en el que se trasladaba González, quien descendió del vehículo y efectuó un disparo que impactó en el pecho del joven, provocándole la muerte.
Si bien la defensa destacó la conducta ejemplar del imputado en prisión y su participación en cursos de formación, además de su situación familiar, los jueces entendieron que esos elementos no alcanzan para neutralizar el riesgo procesal. En consecuencia, se resolvió mantener el régimen de detención mientras continúa el trámite judicial en instancias superiores. (Fuente lacapitalmdp.com)




